Trámites ante las Autoridades Ambientales
Como parte fundamental del desarrollo de todo proyecto y según su incidencia en el medio ambiente (Art. 11 de Ley 19.300), es de obligación declarar el tipo de impacto y la forma de control, mitigación y remediación que se llevarán a cabo, esto para obtener la Resolución de Calificación Ambiental (RCA), que es finalmente el permiso para funcionar.
Según sea el caso y naturaleza del proyecto se requiere desarrollar ciertos procesos conocidos como:
- Declaración de Impacto Ambiental (DIA):
Esta declaración es una propuesta del titular del proyecto donde explica por qué no producirá impactos ambientales significativos y solicita que se le apruebe su proyecto. Es un procedimiento de tramitación relativamente rápida, que suele durar menos de un año que debe ser ingresado al MMA.
- Obtención de permisos ambientales
Se presenta cuando un proyecto reconoce que producirá impactos significativos sobre el medio ambiente o que existe un riesgo de que se produzcan. Por esa razón, es un proceso más largo (entre un año o dos, normalmente) donde la autoridad solicita al titular distintas medidas de mitigación, reparación o compensación, para hacerse cargo de estos impactos. Debe ser ingresado en:
- Cambios a la Resolución de Calificación Ambiental
La RCA es un documento administrativo que se obtiene una vez culminado el proceso de evaluación de impacto ambiental, que coordina el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA). A veces el proyecto cambia de objetivos y por ende su procesos en estos casos es pertinente presentar un cambio de la RCA.
